Un acto jurídico es la expresión de la intención de las partes de determinar, modificar, transferir o cancelar derechos y obligaciones. Es esencial en el ámbito jurídico, ya que permite a personas naturales y jurídicas celebrar contratos o condiciones jurídicamente vinculantes, siempre que se cumplan requisitos legales, como la capacidad de las partes, la legalidad de la materia, la forma en que se realizó. Un ejemplo común de acto jurídico es la celebración de un contrato.
Es una acción realizada voluntaria y conscientemente por una persona con la intención de crear consecuencias en el mundo legal. En otras palabras, es una expresión de voluntad encaminada a crear, cambiar o abolir derechos y obligaciones.
acto jurídico: Elementos básicos del comportamiento jurídico:
Voluntad: La persona que realiza el acto debe tener plena capacidad para decidir y expresar libremente su voluntad.
Legalidad: Las actividades lícitas deben estar autorizadas por la ley y no deben violar el orden público ni las buenas costumbres.
Objeto: Un acto jurídico debe tener un objeto jurídico y posible, es decir, algo que pueda convertirse en objeto jurídico y pueda implementarse.
Forma: En algunos casos, la ley exige que la escritura se celebre de alguna forma (por ejemplo, por escrito).
Dentro del actos jurídicos encontramos la voluntad jurídica, según el Dr. Aníbal Torres, la voluntad jurídica tienes cuatro componentes:
- Discernimiento
- Intención:
- La libertad
- La manifestación o declaración
Estos requisitos deben concurrir de manera conjunta; si falta algunos de los requisitos estaremos frente a actos involuntarios, la falta de voluntad el acto jurídico es nulo, bajo nuestra legislación debemos saber la diferencia entre un acto jurídico nulo y un acto jurídico ineficaz; los causales de nulidad del acto jurídico lo encontramos en el artículo 219 del código civil, por el contrario, el acto jurídico ineficaz, está regulado en el artículo 161 del código civil; plantearemos un caso sobre un acto jurídico ineficaz.
La empresa Ranza SAC, designa como gerente general al Sr. José del Carmen Flores, dentro de sus facultades, es administrar la empresa, apertura de cuenta, cerrar cuentas bancarias, etc; sin embargo, de manera expresa esta prohibido que el gerente general pueda vender los activos de la empresa, no obstante, vente los activos; la interrogante es: ¿este Acto jurídico es Nulo o ineficaz?
De conformidad con el artículo 161 de nuestro código civil, nos precisa: Ineficacia del acto jurídico por exceso de facultades, como se advierte en el ejemplo el Gerente ha excedido sus facultades por lo tanto sería un acto jurídico ineficaz.
El objeto del acto jurídicos es la relación jurídica entre personas, para poder sobrevivir como personas necesitamos relacionarnos, ello nos conlleva a la satisfacción de nuestras necesidades básicas como personas, esta relación jurídica puede ser extra patrimonial o patrimonial, los seres humanos celebramos miles de miles de contratos, por ejemplo, cuando nos casamos, aquí tenemos una celebración de un acto jurídico, donde nacen las obligaciones para cada uno de los cónyuges.
Objeto del acto jurídico
El sujeto de un acto jurídico es uno de los elementos que deben estar presentes para que un acto jurídico sea efectivo y genere consecuencias jurídicas. Se refiere al objeto o contenido del acto, es decir, el contenido en que se basa la voluntad de la parte. Para que un objeto sea válido, debe ser posible, legal, cierto o determinable y estar presente en los tratos humanos.
Por ejemplo, en un contrato de compraventa, el objeto del acto jurídico sería el bien que se va a vender y comprar. Este bien debe ser algo que pueda ser transferido legalmente, que exista o pueda llegar a existir, y que sea específico o identificable en el momento de la celebración del contrato