CASO PRÁCTICO: INFRACCIÓN NUMERAL 1 ART 176° CT
La empresa Grupseld SAC con RUC N° 20600151151 pertenece al Mype Tributario, le corresponde presentar su declaración de Renta Anual 2023 el 28 de mayo de 2024. Sin embargo, no efectuó la presentación de la declaración anual.
Con fecha 15 de julio de 2024, SUNAT le envió una esquela de notificación por la omisión de la presentación de la Declaración Jurada Anual, incurriendo a la infracción tipificada en el Numeral 1 del Artículo 176° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. N° 133-2013-EF y Normas Modificatorias: “No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos”.
La subsanación de la infracción se realiza el día 18 de julio de 2024, determinando un impuesto a la renta de tercera categoría de S/20,000.
Nos consultan a cuanto correspondería la sanción y si aplica gradualidad, teniendo en consideración que la empresa en su ejercicio anterior no supera las 150 UIT.
SOLUCIÓN
El artículo 88 del Código Tributario señala que las declaraciones deben ser presentadas en los plazos señalados por la Administración Tributaria.
La empresa Grupseld SAC tendrá la sanción de 1 UIT por cometer la infracción del numeral 1 del Artículo 176° Código Tributario.
Podrá acogerse a la gradualidad de acuerdo con la Resolución de Superintendencia N.° 000078-2021/SUNAT como los ingresos netos de los períodos enero a diciembre del ejercicio anterior al que corresponde la declaración no superan las 150 UIT, la multa será rebajada de la siguiente manera:
- En un 90%, siempre que ésta sea presentada a partir de la fecha en que surta efecto la notificación de la presente esquela, hasta el sétimo día hábil posterior a la notificación de la Resolución de Ejecución Coactiva vinculada a la resolución de multa.
- En un 95%, si además cancela la multa rebajada hasta el sétimo día hábil posterior a la notificación de la resolución de ejecución coactiva vinculada a la resolución de multa.
Teniendo en consideración que aún no emiten la Resolución de Multa y por tal la Resolución de Ejecución Coactiva, la multa podría graduarse en cualquiera de esos supuestos.
Para el cálculo de la sanción
Se aplica la UIT vigente a la fecha en que se cometió la infracción y cuando no sea posible establecerla, la que se encuentre vigente cuando se detectó la infracción.
UIT 2024 | S/5,150 |
- La subsanación se realiza, pero no se cancela la multa. Aplica la gradualidad del 90%.
GRADUALIDAD SIN PAGO | ||
Infracción | Numeral 1 Art. 176° CT | |
Sanción | 1 UIT = S/5,150 | |
Fecha de vencimiento | 28/05/2024 | |
Fecha de presentación y pago | 18/07/2024 | |
Cálculo de multa + intereses moratorios | ||
Multa | S/5,150 | |
Gradualidad | 90% | |
Multa rebajada | S/515 | |
Días transcurridos | 51 | |
Tasa de interés diario | 0.03% | |
Intereses | 515 x 51 x 0.03% | |
Intereses | 8 | |
Multa actualizada | S/523 |
La subsanación se realiza y cancela la multa. Aplica la gradualidad del 95%.
GRADUALIDAD CON PAGO DE MULTA | |
Infracción | Numeral 1 Art. 176° CT |
Sanción | 1 UIT = S/5,150 |
Fecha de vencimiento | 28/05/2024 |
Fecha de presentación y pago | 18/07/2024 |
Cálculo de multa + intereses moratorios | |
Multa | S/5,150 |
Gradualidad | 95% |
Multa rebajada | S/258 |
Días transcurridos | 51 |
Tasa de interés diario | 0.03% |
Intereses | 257.5 x 51 x 0.03% |
Intereses | 4 |
Multa actualizada | S/261 |
Le presentamos el cálculo de la sanción en ambos supuestos a la empresa Grupseld SAC, por lo que decide acogerse a la gradualidad del 95% y efectuar el pago de la multa con los intereses correspondientes hasta la fecha.
Cálculo del impuesto a la renta a pagar más intereses moratorios
Respecto del pago del Impuesto a la Renta 2023, se debe incluir los intereses moratorios que se han generado por pagar fuera del plazo establecido, considerando que se va a cancelar el tributo en la misma fecha de presentación de la declaración jurada, tenemos el siguiente cálculo:
Cálculo | |
Impuesto a la renta | S/20,000 |
Fecha de vencimiento | 28/05/2024 |
Fecha de presentación y pago | 18/07/2024 |
Días transcurridos | 51 |
Tasa de interés diario | 0.03% |
Intereses | 20,000 x 51 x 0.03% |
Intereses | 306 |
Importe a pagar | S/20,306 |
Se efectúo el pago:
INFRACCIÓN NUMERAL 1 ART 176° CT